AYUDAS URGENTES PARA ENTIDADES DEPORTIVAS AFECTADAS POR LA DANA

La Generalitat Valenciana ha publicado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) el decreto que regula la concesión directa de ayudas urgentes destinadas a financiar la recuperación de la actividad deportiva de las entidades afectadas por la DANA que golpeó la Comunitat Valenciana el pasado 29 de octubre de 2024. Estas ayudas forman parte del Pla Endavant, el plan autonómico para la recuperación y reconstrucción social, económica y comunitaria tras el temporal.

Objetivo de las ayudas

El decreto aprobado tiene como finalidad asegurar la continuidad de la actividad deportiva de los clubs perjudicados por la DANA, así como cubrir los sobrecostes derivados de la reubicación temporal de las entidades mientras se recuperan sus instalaciones. Además también busca evitar incrementos de cuotas a las familias deportistas y compensar gastos extraordinarios.

Garantizar el normal desarrollo de la temporada 2025-2026 es prioritario, por ello, estas ayuden pretenden facilitar el transporte y minimizar el impacto logístico para deportistas, especialmente menores y buscan reforzar la estabilidad de los clubs y contribuir a la reactivación del tejido social y deportivo de las zonas afectadas.

Entidades beneficiarias

Pueden solicitar estas ayudas las entidades deportivas inscritas en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunitat Valenciana que:

Realicen su actividad en instalaciones afectadas directamente por la DANA.

  1. Estén ubicadas en los municipios incluidos en el Real Decreto-ley 6/2024, el Decreto 163/2024 o posteriores incorporaciones autonómicas.
  2. Tuvieran actividad en funcionamiento el 28 de octubre de 2024 y continúen activas en la actualidad.

Cuantía de las ayudas

La cuantía asignada a cada entidad se calculará en función del número de licencias federadas con un importe mínimo por entidad de 1.000 € y un máximo de 15.000€.

Documentación necesaria

Los clubs deberán presentar:

  1. Solicitud y declaración responsable de la entidad deportiva.
  2. Certificado o informe de la entidad local, donde conste:
    – Que la instalación donde desarrolla su actividad el club ha resultado afectada por la DANA.
    – El grado de afectación: muy grave (reconstrucción), grave (reforma) o leve (equipamientos).
    – La situación actual de la instalación: en funcionamiento, en trabajos de reconstrucción o pendiente de inicio de actuaciones.
  3. Certificado federativo, indicando el número de personas federadas con licencia en vigor a fecha 29 de octubre de 2024, desglosado por categorías.

Plazo de presentación

10 días hábiles a partir del 2 de diciembre, día siguiente a la publicación del decreto en el DOGV.

Un impacto social y económico sin precedentes

La DANA generó precipitaciones extraordinarias, superiores a 400 litros/m² en 24 horas en numerosos municipios, fuertes vientos e inundaciones que provocaron la pérdida de vidas humanas y graves daños en viviendas, infraestructuras, transportes, servicios básicos y tejido productivo. Entre los ámbitos más afectados se encuentra también el deportivo, clave para la cohesión social, la salud comunitaria y la vida municipal.

El decreto reconoce el papel esencial del deporte como herramienta de recuperación emocional, bienestar físico y elemento de integración social en momentos de crisis. En muchos municipios, las instalaciones deportivas actúan como verdaderos espacios comunitarios, donde conviven actividades de base, competiciones y encuentros sociales que sostienen la vida local.

Desde Confedecom se insta a las federaciones y entidades deportivas a difundir esta información con la máxima rapidez entre los clubs afectados, dada la urgencia del procedimiento y la brevedad del plazo para presentar la solicitud.

Estas ayudas suponen un paso clave para que las entidades deportivas puedan recuperar su actividad y continúen desempeñando su papel fundamental en la reconstrucción social y emocional de las comunidades afectadas.

Enlace al DOGV: https://dogv.gva.es/es/resultat-dogv?signatura=2025/48022